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miércoles, 18 de diciembre de 2013

El Dictamen de Calparsoro

Esta vez le ha salido mal la jugada a los trolls fascistas que pululan en grupos de choque disfrazados de ONGs. 

Entrenados para desvirtuar y descontextualizar cada palabra que salga de la boca de los militantes de los partidos independentistas vascos para después hacer la tarea sucia de llevar iniciar querellas ante tribunales quitando así el clavo ardiente de las manos de las instituciones del estado, esta vez se han quedado patidifusos ante la negativa de darle seguimiento por vías legales a su cruzada en contra de Hasier Arraiz. 

Lean esta nota publicada en El Mundo:

Calparsoro solicita el archivo de la causa contra el presidente de Sortu
Leyre Iglesias
El fiscal superior del País Vasco, Juan Calparsoro, ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que acuerde el sobreseimiento libre de la denuncia contra el presidente de Sortu por un presunto delito de enaltecimiento del terrorismo. El fiscal no ve indicios de este delito en las palabras con las que el 18 de noviembre Hasier Arraiz respondió a un militante que le pedía mayor crudeza contra quienes piden autocrítica a la izquierda abertzale, reivindicando como «acertada» la elección que la izquierda abertzale tomó "hace 35 años" y negándose a "revisar" su trayectoria en democracia.
El fiscal ofrece dos razones para pedir su archivo. Primero, que en su condición de parlamentario Arraiz posee "unos márgenes mayores" de libertad de expresión, aunque pronunciara esta conferencia en un "ámbito extraparlamentario" como Bilborock. Y segundo, que no se da la claridad suficiente en la expresión que requiere este delito.
El informe fiscal es uno de los elementos que tendrá en cuenta la Sala de lo Civil y lo Penal, presidida por Juan Luis Ibarra, para resolver si archiva o no el caso. Si lo hace, su decisión podrá ser recurrida, porque Dignidad y Justicia, que había presentado una denuncia ante este tribunal, ha transformado ésta en una querella con el fin de evitar que el proceso acabe en nada.
Tanto Dignidad y Justicia como la asociación vasca de víctimas del terrorismo Covite -que había denunciado a Arraiz ante el fiscal- defienden que la reivindicación de la decisión de HB en 1978 contra la Constitución democrática y su trayectoria desde entonces no pueden disociarse de su constante apoyo a ETA en estas décadas. Calparsoro opinó en este diario que las palabras de Arraiz no eran "inocentes" y que éste no es "un militante cualquiera".
Tras abrir diligencias previas sobre el caso, el fiscal citó a declarar a Arraiz el lunes 2 de diciembre. Dos días antes, el interpelado ofrecía una rueda de prensa sin preguntas arropado por el Consejo Nacional de Sortu para advertir de que la culpa del proceso contra él la tienen "los enemigos de la paz" y convocar una protesta a las puertas del tribunal media hora antes de su cita. El lunes por la mañana el fiscal suspendió la declaración por coincidir con un acto público en el Palacio de Justicia en el que debía intervenir; también señaló que la protesta podía generar problemas.
Un día después, el abogado de Arraiz, Iñigo Iruin, le presentó un escrito acompañado de los artículos de EL MUNDO y Gara sobre la conferencia y de un cedé con la grabación de la parte más polémica. Estudiado esto, el fiscal emite un informe fechado hace siete días en el que expone que no aprecia indicios del delito tipificado en el artículo 578 del Código Penal, aunque no descarta que pueda actuarse en otro ámbito jurisdiccional, en alusión velada a la Ley de Partidos.
Primero, arguye que, si bien Arraiz no habló en un "ámbito estrictamente parlamentario", intervino en el debate no sólo como presidente de Sortu sino también como parlamentario, por lo que la inviolabilidad parlamentaria lo protege. Arraiz "tiene unos derechos y prerrogativas que van más allá del ámbito estrictamente parlamentario, en virtud de los cuales puede emitir opiniones e ideas para garantizar el pluralismo político", un valor superior para la Constitución.
Subraya el 'contexto'
El hecho de que el dirigente abertzale hubiese hablado en un acto no parlamentario era la diferencia clave respecto al caso de Laura Mintegi, que el mismo fiscal investigó y archivó, después de que ésta dijera desde la tribuna de la Cámara vasca que el asesinato del socialista Fernando Buesa fue una muerte "política" que podría haberse evitado mediante el "diálogo".
En segundo lugar, el fiscal sostiene que el enaltecimiento exige una claridad que no se ha dado. "Requiere que se quieran ensalzar las acciones criminales atribuidas a los terroristas o a ellos como responsables. No es un delito que se puede cometer por descuido o uso negligente de las palabras o que se pueda cometer por presunciones, sugerencias o inducciones de lo que realmente ha dicho una persona o por lo que ha podido entenderse de una frase, con independencia de lo que se ha dicho o incluso de lo que se ha querido decir". Añade que, como dice el Tribunal Supremo, "es importante el contexto": en este caso, "un homenaje a dos víctimas del terrorismo", Santiago Brouard y Josu Muguruza, asesinados por los GAL y ultraderechistas, respectivamente.
Por ello concluye que sus palabras "no pueden encuadrarse en delito de enaltecimiento", "sin perjuicio de la crítica de las mismas y de que se puedan valorar para el posible ejercicio de otras acciones de otro orden jurisdiccional".






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