Un blog desde la diáspora y para la diáspora

jueves, 5 de febrero de 2004

Caso de los Seis al Congreso

Les traemos esta actualización en el caso de los seis represaliados políticos vascos sujetos a proceso de extradición por capricho de José María Aznar y Baltasar Garzón con el contubernio de Vicente Fox. Aquí lo que nos informa La Jornada:

Analizará el Congreso punto de acuerdo para liberar a vascos

Las leyes en la materia impiden la extradición: legislador

Fabiola Martínez, Victor Ballinas y Roberto Garduño

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión analizará el punto de acuerdo elaborado por el Partido del Trabajo por el cual se exhorta al juez segundo de distrito de procesos federales penales en el DF "a que ordene la libertad de los ciudadanos vascos, y a que la Secretaría de Relaciones Exteriores rechace la petición del gobierno de España para extraditarlos".

Pedro Vázquez, legislador petista, recordó que la petición para extraditar a Juan Carlos Artola, Ernesto Alberdi, Asier Arronategui, José María Urkijo, María Asunción Gorrotxategui y Félix Salustiano García no concuerda con la argumentación del juez Baltasar Garzón, porque "la presunta participación" en actos relacionados con la organización vasca ETA "se da tiempo después de que ellos viven en México, con lo cual, si fuera el caso, tendrían que ser juzgados en nuestro país".

Vázquez argumentó que los señalados por la Audiencia Nacional de España son "originarios del País Vasco, llevan tiempo en México y se han incorporado de manera honesta a la actividad productiva; sin embargo, la Procuraduría General de la República actuó de manera ilegal en su detención, tan es así que un juez federal les otorgó amparo".

Al solicitar a los integrantes del Congreso que analicen la propuesta de liberación de los detenidos, el legislador sostuvo que la solicitud de extradición se basa en la presunta comisión de delitos de asociación e integración en organización terrorista, allegamiento de fondos con fines terroristas, blanqueo de capitales procedentes de actividades terroristas y falsedad documental.

"El artículo 15 constitucional y la Ley de Extradición Internacional son claros en cuanto a que no se concederá ninguna extradición cuando el delito haya sido cometido dentro del ámbito de la jurisdicción de los tribunales de la República, así lo establece la fracción cuarta del artículo 7 de la ley en la materia.

"Suponiendo que los delitos se hubiesen cometido, el lugar de la comisión es el territorio nacional y es aquí donde deberían ser juzgados. Además, no existe solicitud de aprehensión de la PGR ni de las procuradurías estatales, pues dichos actos no fueron cometidos por los vascos."

El punto de acuerdo fue turnado a la primera comisión de la Comisión Permanente para que en una o dos semanas se analice.
 
 
 

.... ... .

No hay comentarios.:

Publicar un comentario